Términos y Condiciones


CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS
“TOURISM TRAVEL MEG BY ROSPORTRAVEL - AGENCIA DE VIAJES”
PAQUETES Y CIRCUITOS

CONTRATO DE MEDIACION PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS TURISTICOS, QUE
CELEBRAN POR UNA PARTE TURISM TRAVEL MEG BY ROSPOLTRAVEL, AGENCIA DE
VIAJES, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. GERSON ZAVALETA TZITZIHUA, A
QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE DOCUMENTO SE LE
DENOMINARA “LA AGENCIA” Y POR LA OTRA EL USUARIO-TURISTA, QUIEN COMPARECE
POR SÍ, EN NOMBRE PROPIO Y COMO PERSONA FISICA, Y SE IDENTIFICA CON PASAPORTE
NO._, A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE
DENOMINARA “EL CLIENTE”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTE DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES

1.-Declara LA AGENCIA ser una empresa legalmente constituida con Registro Nacional de
Turismo No. 0430118843e96.

2.- Declara LA AGENCIA que se encuentra registrada ante las autoridades Hacendarias con
el Registro Federal de Contribuyentes número ZATG840716850.

3.-Declara LA AGENCIA que su domicilio para oír y recibir notificaciones se encuentra
ubicado en C. AV. Poniente 34 No. 243, Col. Salvador Gonzalo García, C.P. 94310. Orizaba,
Veracruz, México.

4.-Declara LA AGENCIA que su objeto social consiste en: Servir de intermediaria entre
turistas y otros prestadores de servicios turísticos a nivel nacional o bien en el extranjero,
respecto de prestadores de servicios turísticos entre sí; organizar en todas sus partes o
etapas, supervisar, operar y comercializar viajes y excursiones dentro del territorio nacional
o en el extranjero; comercialización de servicios, productos o bienes turísticos integrados
denominados paquetes turísticos, servicios turísticos o paquetes de viajes, tanto nacionales

como extranjeros a través de los canales de distribución de las Agencias Minoristas de Viajes
o bien su comercialización a través de la venta directa al público; elaborar; organizar y llevar
a cabo proyectos; planes e itinerarios turísticos; a reservar espacios en los medios de
transporte aéreos y terrestres; expedir en delegación de transportistas y prestadores de
servicios turísticos, a favor de los clientes los boletos, tickets o cupones correspondientes;
actuando únicamente como intermediaria entre EL CLIENTE y las personas físicas o morales
prestadoras de dichos servicios, y que para tal efecto cuentan con la capacidad económica,
técnica y administrativa, así como con los elementos materiales y humanos necesarios para
contratar por cuenta de EL CLIENTE y a petición de él mismo el servicio al que se refiere este
contrato de adhesión.

5.-Declara EL CLIENTE que tiene capacidad económica y legal suficiente para contratar así
como interés en adquirir los servicios que se especifican en este contrato de adhesión, y que
para ello recurre a LA AGENCIA con el fin de que los adquiera por cuenta de él, a efecto de
que LA AGENCIA funja como intermediaria entre él y los prestadores directos de dicho
servicio.

6.-Continúa declarando EL CLIENTE ser una persona física y que tiene su domicilio en la calle
_ , México.

7.-Declaran ambas partes que es su voluntad celebrar el presente contrato de adhesión, y
sujetarlo al tenor de las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA. - LA AGENCIA se obliga a entregar a EL CLIENTE una copia del presente contrato
de adhesión al momento de la contratación respectiva. Por otra parte, y de ser así el caso,
se le informará a EL CLIENTE de los medios electrónicos y digitales existentes donde puede
ser consultado el contrato de adhesión que rige los servicios materia de este contrato.

SEGUNDA. - Ambas partes convienen en que los recibos de pago, cupones de servicio y /o
váuchers de servicios que se expidan con motivo de éste contrato de adhesión deberá
contener un extracto del mismo en los aspectos relativos al servicio que se refiere el
documento en cuestión.

TERCERA.- Ambas partes convienen en que el pago de anticipos o liquidación del importe
de los servicios objeto de este contrato por parte de EL CLIENTE, así como el uso del contrato
mismo, cupones, boletos, cortesías, o cualquier otro documento expedido en su favor con
motivo del mismo, implica de su parte la aceptación total del contrato, así como de las
condiciones generales de contratación del mismo.

CUARTA.- Será causa de rescisión del presente contrato el incumplimiento de cualquiera de
las obligaciones plasmadas en el mismo por cualquiera de las partes, por lo que, la parte
que incumpla se hará acreedora al pago del 10% (diez por ciento) del costo total del servicio
a la otra parte por concepto de pena convencional además de las enunciadas en el presente
Contrato de Adhesión para el caso de cancelaciones.

QUINTA.- Cuando se trate de excursiones, servicios o paquetes de viaje que tengan destino
en el extranjero, dada su naturaleza por ser servicios que se harán uso, goce o disfrute de
ellos fuera de México, las publicaciones, los precios de las cotizaciones, confirmaciones,
precios totales se presentarán en moneda extranjera, haciendo mención de que el precio
de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional y
podrán ser pagados en Pesos MXN (Moneda Nacional) al tipo de cambio que rija en el lugar
y fecha en que se haga el pago único o bien en cada una de las fechas en que se realicen
pagos parciales. Este tipo de cambio se determinará conforme a las disposiciones que para

esos efectos expida el Banco de México en los términos de su Ley Orgánica y conforme a lo
dispuesto en el Artículo 8o de la Ley monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, sirviendo
para todos los efectos consiguientes de anticipos, liquidación incluso reembolsos,
bonificaciones, compensaciones, penalizaciones o cancelaciones. Del mismo modo, las
obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro de la República Mexicana
para ser cumplidas en ésta, se deben solventar en Moneda Nacional al tipo de cambio que
rija al momento de efectuarse el pago, o en la moneda extranjera a elección de ambas parte,
lo anterior con fundamento en los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana
NOM-010-TUR-2001.

SEXTA.- Todo paquete de viaje contratado por EL CLIENTE, séase de manera directa o bien
por intermediación de su agente de ventas, fungiendo este último como intermediario,
deberá ser liquidado en su totalidad con un máximo de veinticinco días anteriores a la fecha
de salida o bien, del inicio de cualquiera de los servicios que integran el paquete de viaje
contratado, respetando en todo momento fechas, tiempos, formas y montos. Todo paquete
de servicios contratado deberá ser pagado al cien por ciento 1 mes antes del inicio de los
mismos.

SÉPTIMA.- No existe de ninguna manera línea de crédito o de cualquier tipo para la
adquisición de servicios turísticos o de cualquier paquete de viaje por lo que es
responsabilidad absoluta de EL CLIENTE por cuenta propia o bien a través de la
intermediación de su Agente de Ventas, cumplir con todos los pagos establecidos en cuanto
a fechas, tiempos, formas y montos para el mínimo de anticipo por pasajero, anticipos
parciales y la liquidación total del paquete de viaje contratado. Todo paquete de servicios
contratado deberá ser pagado al cien por ciento previo al inicio de los mismos o se
procederá a la cancelación automática del servicio turístico contratado sin derecho a ningún
reembolso.

OCTAVA.- No existe línea de crédito alguna o de cualquier tipo para hacer uso, goce o
disfrute, séase de manera parcial o total de cualquier tipo de servicio turístico o paquete de
viaje y ser pagados de manera fraccionada o parcial durante el desarrollo de los mismos,
aún incluso al término de los mismos. De conformidad a la cláusula inmediata anterior, todo
paquete de servicios contratado deberá ser pagado al cien por ciento previo al inicio de los
mismos.

NOVENA.- Los pagos y anticipos realizados anteriores a la fecha de salida que no cubran el
cien por ciento del precio final de los servicios contratados, no genera de ninguna manera
derecho alguno por parte de EL CLIENTE de recibir de manera parcial o proporcional a los
pagos cualquier servicio de los que integren el paquete de viaje en el perfecto entendido
que se contrata un grupo de servicios integrados que conforman el paquete en su totalidad.

DÉCIMA.- LA AGENCIA se compromete y obliga a solicitar los servicios que se especifican en
este contrato y de acuerdo a la disponibilidad de los mismos a contratarlos por cuenta de EL
CLIENTE, fungiendo como intermediario entre éste y las personas físicas o morales
encargadas de proporcionarlos directamente como transportistas aéreos, transportistas
terrestres, transportistas marítimos, hoteles, cruceros, restaurantes, arrendadoras de
automóviles, guías de turistas etc. El precio del servicio será el que se especifica en este
contrato o bien en la cotización respectiva y aprobada por EL CLIENTE.

DÉCIMA PRIMERA. - EL CLIENTE acepta que la intervención de LA AGENCIA sea única y
exclusivamente con carácter de intermediaria entre los prestadores directos de los servicios
solicitados y señalados en este contrato o bien en la cotización respectiva.

DÉCIMA SEGUNDA.- En mérito de lo anterior, ambas partes convienen en que si por causas
ajenas a LA AGENCIA, de fuerza mayor o casos fortuitos, sólo enunciativos y sin ser
limitativos como lo son: huelgas, bloqueos en las vías generales de comunicación, atrasos
de cualquier índole o naturaleza que no le sean imputables a LA AGENCIA, desperfectos
técnicos, físicos o mecánicos, conflictos bélicos o sociales, eventos naturales como sismos,
terremotos, lluvia, inundaciones, condiciones que limiten la visibilidad como tormentas,
nieve, niebla, humo, cenizas etc. así como cualquier otra condición que por su naturaleza
genere retrasos en la prestación de los servicios contratados y que no pudieran ser
proporcionados puntual, parcial o totalmente, LA AGENCIA solo gestionará por cuenta de EL
CLIENTE el reembolso del importe que en su caso fuera procedente, y en caso de que los
proveedores finales declinen el reembolso, se pactará en nombre de EL CLIENTE la
reprogramación de los servicios, quedando relevada de cualquier responsabilidad de pago,
compensación, sustitución, reembolso o compromiso mayor dada la naturaleza y origen de
los mismos.

DÉCIMA TERCERA.- EL CLIENTE se compromete a adherirse, apegarse y a respetar los
reglamentos y condiciones de servicio establecidas por cada uno de los prestadores de
servicios contratados por intermediación de LA AGENCIA, enunciativamente y no de forma
limitada como lo son; servicios aéreos, terrestres o marítimos, hoteles, visitas, guías, tickets
o boletos de entrada a eventos de carácter públicos o privados, sociales, deportivos,
musicales, culturales, etc. autos de alquiler, restaurantes, cruceros, por lo que LA
AGENCIA debe hacer del conocimiento de EL CLIENTE las que sean más importantes y en
consecuencia declina cualquier responsabilidad que pudiera derivar por su incumplimiento.

DÉCIMA CUARTA.- EL CLIENTE reconoce y acepta su total obligación y responsabilidad de
proporcionar datos veraces y correctos sobre las edades, sexo, nombres o apellidos de los
usuarios-turistas, así como de los datos e información completa para la formación del
itinerario y la reservación de servicios, enunciativamente y sin ser limitativos como lo son:
servicios aéreos, terrestres y marítimos, hoteles, visitas, guías, tickets o boletos de entrada
a eventos sociales, deportivos, musicales, culturales, etc. autos de alquiler, restaurantes,
cruceros, relevando a LA AGENCIA de cualquier responsabilidad por cambios de itinerario
generados por datos mal proporcionados a LA AGENCIA, o por cualquier error en datos
proporcionados por EL CLIENTE apegándose en su caso a las cláusulas de contratación y
cancelación para cualquier clase de servicios, terrestres, marítimos, aéreos, de cruceros,
espectáculos públicos o privados, expresadas en este contrato de adhesión. Del mismo
modo, EL CLIENTE se apega a las condiciones de contratación y cancelación de los mismos
proveedores finales de estos servicios.

DÉCIMA QUINTA.- EL CLIENTE reconoce y acepta su total obligación y responsabilidad de
proporcionar datos completos, veraces y correctos de los usuarios-turistas para la
reservación, emisión o compra de tickets o boletos aéreos, en rutas tanto nacionales,
internacionales y domésticas en el extranjero, datos necesarios e indispensables como
puede ser enunciativamente y sin ser limitativos: edades, sexo, nombres, apellidos, fechas
de salida y regreso, rutas, líneas aéreas, horarios, clases, categorías, etc. apegándose en su
caso a las cláusulas de contratación y cancelación para cualquier clase de servicios aéreos
expresados en este contrato de adhesión. Del mismo modo, EL CLIENTE se apega a las
condiciones de contratación y cancelación de los mismos proveedores finales de estos
servicios aéreos.

DÉCIMA SEXTA.- Ambas partes convienen en que LA AGENCIA queda relevada de cualquier
tipo de responsabilidades por daños en sus pertenencias así como en su propia persona
tanto físicos como morales, robos, heridas, accidentes, percances, incidentes, o
irregularidades que sobrevengan por causas de fuerza mayor o caso fortuito que durante el
transcurso o la ejecución de los servicios pudiera ocurrirle a EL CLIENTE por no ser LA
AGENCIA la persona o responsable directamente encargada de prestar los servicios que
integran el paquete de viaje y por ser solo intermediarias entre estas y EL CLIENTE.

DÉCIMA SÉPTIMA.- EL CLIENTE, usuarios-turistas o pasajeros se comprometen a
presentarse en los aeropuertos y documentarse ante las aerolíneas con cuatro horas de
anticipación en cualquier tipo de vuelo séase nacional, internacional o doméstico en el
extranjero, salvo la instrucción expresa y por escrito que reciba de LA AGENCIA. Lo anterior
con la finalidad, entre otras, de que el usuario-turista cuente con el tiempo suficiente para:
tomar turno y documentar personalmente en mostrador, cumplir con los protocolos de
seguridad establecidos por los aeropuertos y líneas aéreas, llevar a cabo revisiones
personales de pasajeros, equipaje, documentación de identidad personal y de viaje o
cualquier otro trámite relacionado con el proceso de documentación y abordaje establecido
por los aeropuertos y proveedores de servicio aéreo. Así mismo es responsabilidad del
usuario-turista presentarse con puntualidad y debida anticipación en la puerta de embarque
correspondiente para llevar a cabo el proceso de abordaje. La presente cláusula aplica
invariablemente en el caso de la documentación previa de vuelo del pasajero por medios
electrónicos conocidos como Web Check- in, Mobile Check-in o cualquier otro medio
electrónico que proporcione al usuario-turista el pase de abordar para su servicio aéreo.

DÉCIMA OCTAVA.- EL CLIENTE deberá por medio propios y con sobrada anticipación
proveerse de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de
los Estados Unidos Mexicanos, y de los países de destino o de tránsito incluidos en su
itinerario de viaje o bien de su paquete de servicios contratados, tales como identificaciones
oficiales, visas, vacunas, permisos sanitarios, etc. tanto para viajes nacionales,
internacionales o domésticos en el extranjero. EL CLIENTE deberá cumplir con una vigencia
mínima en su pasaporte de al menos siete meses al momento de iniciar los servicios que
incluyen EL PAQUETE.

DÉCIMA NOVENA.- De ninguna manera se considerará causa justificada de cancelación para
solicitar devolución, sustitución, compensación o reembolso alguno de manera parcial o

total por el incumplimiento por parte de EL CLIENTE de los trámites y documentos
necesarios para viajar de manera interna o fuera del territorio de los Estados Unidos
Mexicanos así como para poder ingresar a los países de tránsito o destino final incluidos en
su itinerario de viaje.

VIGÉSIMA.- En el caso de menores de edad que viajan en compañía de ambos padres, de
alguno de sus padres al menos, en compañía de un familiar adulto, en compañía de un
familiar menor de edad, en compañía de un adulto sin vínculo familiar, incluso si el menor
viaja solo, es responsabilidad absoluta de EL CLIENTE proveerse por medio propios y con
sobrada anticipación para sí, para los menores de edad y para las personas bajo tutela
jurídica, de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de
los Estados Unidos Mexicanos, y de los países de destino o de tránsito incluidos en su
itinerario de viaje o bien de su paquete de servicios contratados, tales como documentos
notariados, identificaciones oficiales, visas, vacunas, permisos sanitarios, autorizaciones
judiciales, así como de todo tipo de trámites y documentos relacionados con la autorización
de salida del territorio de los Estados Unidos Mexicanos de niñas, niños, adolescentes o
personas bajo tutela jurídica contemplados por el Instituto Nacional de Migración, la
Secretaría de Gobernación, Autoridades Judiciales, Gobiernos Locales y Extranjeros,
Entidades y Gobiernos Federales, Estatales, Municipales y en general por las leyes,
mandatos, ordenanzas, resoluciones o condenas vigentes en el momento de la contratación
de servicios turísticos o de paquetes de viaje y en cualquier tiempo previo a la fecha de
salida, incluso en el inicio, desarrollo y término del mismo.

VIGÉSIMA PRIMERA.- De ninguna manera se considerará causa justificada de cancelación
para solicitar devolución, sustitución, compensación o reembolso alguno de manera parcial
o total por el incumplimiento por parte de EL CLIENTE de los trámites y documentos
necesarios para menores de edad, niñas, niños, adolescentes o personas bajo tutela jurídica
para viajar de manera interna o su salida del territorio de los Estados Unidos Mexicanos así
también para poder ingresar a los países de tránsito o destino final incluidos en su itinerario
de viaje.

VIGÉSIMA SEGUNDA.- LA AGENCIA podrá asistir a EL CLIENTE en la tramitación de visas
para los países que se visitarán incluidos en su itinerario de viaje siempre y cuando los
gobiernos de cada país, a través de sus embajadas y consulados permitan hacer este tipo de
trámites a través de terceras personas. El alcance de esta actuación por parte de LA

AGENCIA se limita única y exclusivamente a presentar los formularios, comprobantes de
pago, o bien realizar directamente el pago de costos, derechos, productos o
aprovechamientos en embajada o consulado, presentar fotografías, pasaportes y demás
documentales necesarias que formen parte de los requisitos indispensables para realizar
dicho trámite de visado. Para todo lo anterior, es responsabilidad absoluta de EL
CLIENTE proveer en tiempo y forma la documental requerida para obtener el visado
correspondiente por lo que también es de su completa responsabilidad en cuanto a la
veracidad y autenticidad de los datos vertidos en los formularios como de los documentos
personales que se incluyen. De ser necesario, el gobierno de cada país, en el pleno ejercicio
de su soberanía, podrá requerir información adicional a la que se solicita de manera regular
o bien, que tengan publicada en sus medios oficiales de difusión impresos o electrónicos.
Este apoyo proporcionado por LA AGENCIA, para la presentación de documentales en el
trámite de visados, no tendrá ningún tipo de costo que incremente directa o indirectamente
el precio final del paquete de viaje contratado, salvo los costos, derechos, productos o
aprovechamientos marcados para el trámite correspondiente y por tanto tampoco genera
ningún tipo de responsabilidad para LA AGENCIA en la autorización o negación de dichas
visas.

VIGÉSIMA TERCERA.- De ninguna manera se considerará causa justificada de cancelación
para solicitar devolución, sustitución, compensación o reembolso alguno la negación de visa
para ingresar al país donde se desarrollarán y prestarán los servicios de EL PAQUETE o
cualquier otro país en tránsito, ocurriendo de igual manera por el incumplimiento de los
requisitos sanitarios o bien que por su derecho corresponde a cada gobierno local o
extranjero autorizar o no el ingreso a su territorio a cualquier viajero, turista o visitante y
por tanto los servicios que integran EL PAQUETE no serán sustituibles, conmutables,
compensables o reembolsables ni de manera parcial ni de manera total.

VIGÉSIMA CUARTA.- Es una decisión soberana la de cada país el aceptar el internamiento
de extranjeros en sus propios territorios por lo que las condiciones, requisitos o exigencias,
entrevistas, trámites y verificaciones para dicho efecto es facultad legítima de sus gobiernos,
por tanto y de lo anterior LA AGENCIA queda relevada de cualquier tipo de responsabilidad
tanto física, económica o moral por el ejercicio del derecho que se atribuye el gobierno de
cada país al permitir o no el internamiento de extranjeros en su territorio aún incluso si
dicho internamiento tuviera únicamente el efecto de tránsito para llegar al país de destino
final.

VIGÉSIMA QUINTA. - La negación del país de destino o en tránsito para internarse en su
territorio, releva a LA AGENCIA de cualquier tipo de responsabilidad en compensaciones
económicas o en especie, sustitución de servicios o paquetes de viaje y en la devolución
total o parcial del precio pagado por EL CLIENTE del paquete de servicios contratados en el
perfecto entendido que las causas expresadas para esta cláusula son totalmente ajenas a LA
AGENCIA.

VIGÉSIMA SEXTA.- LA AGENCIA sólo gestionará por cuenta de EL CLIENTE la solicitud de
reembolso del importe que pudiera en su caso proceder, sin ser necesariamente obligada a
devolución o reembolso alguno al ser negado el internamiento del usuario-turista al
territorio del país en tránsito o de destino final, quedando relevada de cualquier de
responsabilidad, pago, compensación, reembolso, sustitución de servicios o cualquier otro
tipo de compromiso mayor, de manera parcial o total, sujetándose EL CLIENTE en todo
momento a las cláusulas de contratación y cancelación expresadas en el presente contrato
de adhesión, así también de las condiciones de contratación y cancelación de los
proveedores finales de los servicios que se contratan por intermediación a petición de EL
CLIENTE. Dada la situación y de ser así el deseo de EL CLIENTE, solicitará por escrito la
cancelación del paquete de viaje contratado sujetándose en todo momento a las cláusulas
de cancelación expresadas en este mismo contrato.

VIGÉSIMA SÉPTIMA.- LA AGENCIA se reserva el derecho de contratar por cuenta de EL
CLIENTE, los servicios a que se refiere este contrato precisamente en la calidades y/o
categorías contratadas, en cuanto a transportistas aéreos y terrestres, hoteles, arrendadoras
de autos o cualquier otro servicio que forme parte del paquete de viaje contratado.
Independientemente del prestador último de los servicios, incluso de aquellos
expresamente señalados y se convenga que estos serán prestados invariablemente por un
proveedor determinado, en el caso de modificación del prestador directo del servicio, este
será proporcionado por otro en cantidad y calidad equivalente, siempre con la anuencia
de El CLIENTE. La anuencia, consentimiento, autorización o aprobación por parte de EL
CLIENTE queda debidamente perfeccionada en el momento mismo en que se hacen uso de
cada uno de los servicios objeto del cambio o modificación, por lo que de ninguna manera
quedará sujeto dicho cambio o modificación a compensación o reembolso alguno tanto de
manera parcial o total.

VIGÉSIMA OCTAVA.- LA AGENCIA se reserva el derecho de modificar el orden de los
servicios indicados en el presente contrato, para un mejor desarrollo de los mismos o por
las causas que así lo justifican, siempre y cuando respete la cantidad y calidad de los servicios
contratados, siempre con la anuencia de El CLIENTE, sea cual fuese la causa misma que
deberá ser comprobada. La anuencia, consentimiento, autorización o aprobación por parte
de EL CLIENTE queda debidamente perfeccionada en el momento mismo en que se hacen
uso de cada uno de los servicios sujetos a cambio o modificación, por lo que de ninguna
manera quedará sujeto dicho cambio o modificación del orden de los servicios que se
prestan a compensación o reembolso alguno tanto de manera parcial o total.

VIGÉSIMA NOVENA.- Cuando LA AGENCIA cancele un viaje o excursión de cualquier
naturaleza por causas imputables exclusivamente a ella y ajenas a EL CLIENTE, estará
obligada a reembolsarle la totalidad de los anticipos o pagos que aquél haya efectuado más
la pena correspondiente según sea el caso, lo anterior de conformidad a la Cláusula Cuarta
del presente contrato.

TRIGÉSIMA.- Si la responsabilidad o causa de la cancelación recae en los prestadores
directos de los servicios, LA AGENCIA deberá auxiliar al EL CLIENTE, de ser el caso, a obtener
su traslado de regreso y coadyuvar para reclamar al prestador directo del servicio, los
reembolsos y las indemnizaciones que correspondan conforme a la ley, mediando
únicamente en la tramitación de tales reembolsos e indemnizaciones. En el caso de que el
prestador final de los servicios demuestre la responsabilidad de LA AGENCIA, ésta debe
realizar los pagos al usuario-turista que correspondan conforme a la ley. LA AGENCIA queda
obligada a demostrar que se remitieron los fondos correspondientes y EL CLIENTE queda
obligado a demostrar que se entregaron a LA AGENCIA.

TRIGÉSIMA PRIMERA.- El anticipo mínimo por pasajero obra con el fin de solicitar y tramitar
formalmente tanto para los destinos nacionales como internacionales, los servicios que
integran el paquete de viaje contratado por EL CLIENTE no considerándose plaza, lugar o
servicio alguno confirmado o comprometido en firme mientras no efectúe y entregue LA
AGENCIA a EL CLIENTE la confirmación por escrito de los servicios solicitados. La operación
de pago deberá ser perfectamente identificable mediante depósito bancario comprobable
o cargo a tarjeta de crédito, ambos a través de los medios tradicionales de pago o bien a
través de medios electrónicos comprobables.

TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Una vez que LA AGENCIA recibe por parte de EL CLIENTE el anticipo
mínimo, los anticipos parciales o bien la liquidación total de los servicios contratados, LA
AGENCIA cuenta con la autorización inmediata de EL CLIENTE para reservar toda clase de
servicios terrestres o marítimos, así también para reservar, emitir, expedir o adquirir los
boletos aéreos a su nombre, apegándose y aceptando las políticas de cancelación,
expedición, emisión y venta de boletos de las compañías aéreas nacionales e
internacionales, las políticas de cancelación, expedición, emisión y venta de boletos aéreos
de empresas intermediarias con este objeto, las políticas de cancelación, expedición,
emisión y venta de boletos aéreos de IATA International y a las cláusulas de cancelación
expresadas en este contrato. EL CLIENTE tiene conocimiento pleno y absoluto de que
cualquier boleto aéreo ya adquirido, expedido o emitido por LA AGENCIA no es
reembolsable en parte así tampoco en la totalidad de su costo bajo ningún caso o
circunstancia.

TRIGÉSIMA TERCERA.- Una vez expedido los boletos aéreos a favor del pasajero, usuario-
turista o de EL CLIENTE, LA AGENCIA no se responsabiliza por ningún cambio de itinerario o

por cualquier cambio o error en datos proporcionados por EL CLIENTE para la emisión de
boletos aéreos como puede ser el caso de nombres, apellidos, edades, sexo, fechas, rutas,
líneas aéreas, clases, categorías, etc. ocurriendo lo mismo para el caso de las reservaciones
terrestres y de servicios marítimos o de cruceros cuando fuere el caso. En el caso de que las
correcciones y ajustes necesarios impliquen costos adicionales, EL CLIENTE asumirá dichos
costos.

TRIGÉSIMA CUARTA. - Los anticipos mínimos por pasajero, pagos parciales y pagos totales
de los servicios contratados en el paquete de viaje, se regirán por las condiciones siguientes:

1. Si se contrata con 65 días (sesenta y cinco días) o más de anticipación a la fecha de salida:
1.1. Anticipo mínimo por pasajero de USD 500 (Quinientos dólares americanos)
1.2. Un segundo anticipo por pasajero de USD 1,000 (Un Mil dólares americanos) debiendo
ser pagados en firme hasta con 50 días (cincuenta días) anteriores a la fecha de salida.
1.3. El pago total de los servicios contratados deberá ser pagado en firme hasta con 30 días
(treinta días) anteriores a la fecha de salida.

2.Si se contrata entre 45 días (cuarenta y cinco días) y 31 días (treinta y un días) de
anticipación a la fecha de salida:
2.1. Anticipo mínimo por pasajero de USD 1,500 (Un Mil Quinientos dólares americanos)
2.2. El pago total de los servicios contratados deberá ser pagado en firme hasta con 30 días
(treinta días) anteriores a la fecha de salida.
3. Si se contrata con 30 días (treinta días) o menos de anticipación a la fecha de salida:
3.1. No aplica anticipo alguno y para tal efecto se requiere el pago total en firme y en una
sola exhibición de los servicios cotizados quedando siempre y en todo momento la
confirmación de los servicios contratados sujeta a disponibilidad.

TRIGÉSIMA QUINTA.- En caso de no cumplirse los pagos en los tiempos establecidos para
anticipos mínimos, anticipos parciales o liquidación total de los servicios contratados, LA
AGENCIA procederá a la cancelación total de los servicios contratados con responsabilidad
imputable a EL CLIENTE, quedando excluida LA AGENCIA de cualquier tipo de
responsabilidades debido al incumplimiento de pago por parte de EL CLIENTE. Los pagos
recibidos a la fecha de incumplimiento no serán reembolsables y aplicarán en su totalidad
para cubrir los costos operativos y de cancelación de los servicios contratados.

TRIGÉSIMA SEXTA.- En el caso concreto de paquetes de viaje o de los servicios que lo
integran, tanto nacionales como internacionales, EL CLIENTE podrá solicitar la cancelación
de los servicios contratados haciéndolo saber única y estrictamente por escrito a LA
AGENCIA misma que dará contestación en un lapso no mayor a 72 horas de su recepción
comprobable y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación ha sido aceptada por LA
AGENCIA admitiendo EL CLIENTE los cargos de cancelación establecidos a continuación:

A) Si se efectúa hasta con un mínimo de 90 días (noventa días) antes de la fecha de salida,
NO aplica cargos de cancelación.
B) Si se efectúa de 89 a 65 días (ochenta y nueve a sesenta y cinco días) antes de la fecha de
salida, un cargo por cancelación de USD 500 (Quinientos dólares americanos USD) por
pasajero.

C) Si se efectúa de 64 a 31 días (sesenta y cuatro a treinta y un días) antes de la fecha de
salida, un cargo por cancelación de USD 1,500 (Un Mil Quinientos dólares americanos USD)
por pasajero.
D)Si se efectúa dentro de los 30 días (treinta días) anteriores a la fecha de salida, incluso el
mismo día de la salida, un cargo por cancelación del 100% (cien por ciento) del costo total
de los servicios contratados por pasajero.
E) Cualquier solicitud de cancelación realizada una vez iniciados los servicios contratados y
en cualquier momento de su inicio, desarrollo o fin, aplicará un cargo por cancelación del
100% del costo total de los servicios contratados por pasajero.

TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- EL CLIENTE podrá solicitar reprogramar su paquete de viaje por
primera vez, por la totalidad de los servicios contratados o bien en su conjunto los servicios
que integren el paquete de viaje y hasta por una sola ocasión siempre y cuando la
reservación se encuentre liquidada al 100% (cien por ciento), siempre y cuando el prestador
final de servicios acepte esta reprogramación. De ninguna manera se podrá dar trámite a la
reprogramación de un paquete de viaje, si no se cumple con el pago total de los servicios
contratados previamente.

TRIGÉSIMA OCTAVA.- Todo paquete de viaje que se solicite reprogramar a petición de EL
CLIENTE, está sujeto a variaciones que pueden incrementar su precio original debido a
penalizaciones por parte de los prestadores finales de los servicios o bien por diferencias
tarifarias, entre otras sin ser limitativas: por temporalidad, ocupación, cambio de clase,
disponibilidad, etc. siendo de su entera responsabilidad cubrir la totalidad de los costos que
incrementen los servicios contratados originalmente. De lo anterior EL CLIENTE al tener
pleno conocimiento de ello solicita a su entera conformidad la reprogramación de su
paquete contratado en el momento que lo considere necesario.

TRIGÉSIMA NOVENA. - Toda reprogramación estará siempre sujeta a la disponibilidad de
espacios aéreos, terrestres y marítimos, así como a las condiciones en que se contratan los
servicios. La disponibilidad de servicios aéreos, terrestres y marítimos es una condición que
está fuera del alcance y control de LA AGENCIA por lo que dicha disponibilidad, costos,
precios, penalizaciones y diferencias tarifarias originadas por la reprogramación de un
paquete de viaje a solicitud de EL CLIENTE estarán siempre sujetos a las condiciones de

contratación y cancelación de los proveedores finales de los servicios así también de la
oferta y demanda del mercado.

CUADRAGÉSIMA.- EL CLIENTE estará en posibilidad de reprogramar por primera vez y hasta
por una sola ocasión un paquete de viaje contratado hasta 20 días (veinte días) antes de la
fecha de salida original, independientemente de las causas que se argumenten, previa
liquidación total del paquete contratado así también del pago total de los costos, precios,
penalizaciones y diferencias tarifarias que obraran en el momento de solicitar la
reprogramación del paquete de viaje.

CUADRAGÉSIMA PRIMERA. - LA AGENCIA estará obligada a presentar a EL CLIENTE dentro
de las cuarenta y ocho horas inmediatas a su solicitud, los costos, precios, penalizaciones y
diferencias tarifarias que obraran en el momento de reprogramar el paquete de viaje.

CUADRAGÉSIMA SEGUNDA.- Todo CLIENTE que solicite la reprogramación de su viaje, se
apegará y aceptará, por así convenir a sus intereses, el pago total de los costos, precios,
penalizaciones y diferencias tarifarias que obraran en el momento de reprogramar el
paquete de viaje.

CUADRAGÉSIMA TERCERA.- En el caso de que EL CLIENTE no aceptara los costos, precios,
penalizaciones y diferencias tarifarias a pagar originadas por la reprogramación por primera
vez de su paquete de viaje, incluso que no diera respuesta dentro de las 24 horas inmediatas
a la presentación de los costos que originan la reprogramación del paquete de viaje, los
servicios contratados originalmente se mantendrán sin modificación alguna siendo
responsabilidad absoluta de EL CLIENTE la decisión de hacer uso o no de los servicios
contratados mismos que integran el paquete de viaje.

CUADRAGÉSIMA CUARTA. - La presentación de los costos generados por la reprogramación
de un paquete de viaje tienen una vigencia de 24 horas. Una vez transcurrido este tiempo
sin recibir respuesta en ningún sentido será indispensable recalcular una vez más dichos
costos en el caso de que posteriormente EL CLIENTE estuviera interesado en reprogramar
su paquete de viaje.

CUADRAGÉSIMA QUINTA.- Solicitudes presentadas por EL CLIENTE para reprogramar un
paquete de viaje, dentro de los diez y nueve días previos a la fecha de salida, las veinticuatro
horas previas a la salida, en la misma fecha de salida, incluso una vez iniciados cualquiera
de los servicios que integran el mismo paquete de viaje, no serán aceptadas por ningún
motivo ni tampoco bajo ninguna circunstancia o argumento, por lo que los servicios que
integran el paquete de viaje se mantendrán sin modificación alguna. En su caso, se aceptará
la cancelación del paquete contratado aplicando las penalizaciones expresadas en este
mismo contrato de adhesión o bien, será decisión exclusiva de EL CLIENTE el hacer uso o no
de los servicios contratados. Dicha restricción opera dadas las condiciones contractuales,
técnicas, humanas y tiempos requeridos para la organización, reservación y programación
de los servicios que integran el paquete de viaje contratado originalmente. De lo anterior EL
CLIENTE tiene conocimiento y acepta el contenido, aplicación y ejecución de la presente
cláusula.

CUADRAGÉSIMA SEXTA.- Una vez reprogramado un paquete de viaje por primera vez, si EL
CLIENTE solicitara reprogramar el paquete de viaje por segunda vez y en cualquier momento
previo a la nueva fecha de salida, en la misma nueva fecha reprogramada de salida o bien
una vez iniciado cualquiera de los servicios que integran el paquete de viaje,
independientemente de las causas, excusas o justificaciones que se argumenten, esta
solicitud de reprogramar por segunda vez el paquete de viaje no se aceptará. Se informará
de la negativa a EL CLIENTE dejando a su decisión solicitar la cancelación del paquete de
viaje aplicando para este caso la penalidad del cien por ciento sobre el costo total del
paquete contratado. En su caso, será decisión absoluta de EL CLIENTE el hacer uso o no de
los servicios ya reprogramados por primera y única vez.

CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA. - Todos los cargos de cancelación serán pagados por EL
CLIENTE de conformidad con lo establecido en la Cláusula Quinta del presente contrato y
podrán ser aplicados directamente por LA AGENCIA al efectuar los reembolsos que en su
caso así procedieran.

CUADRAGÉSIMA OCTAVA. - En caso de que los gastos originados por reservaciones
solicitadas a nombre de EL CLIENTE sean mayores al cargo por cancelación, la diferencia le
será cobrada a EL CLIENTE por LA AGENCIA previa comprobación de los mismos gastos.

CUADRAGÉSIMA NOVENA.- LA AGENCIA queda relevada de cualquier responsabilidad
derivada de convenios adicionales que se hayan celebrado antes, durante y posterior al uso
y goce de los servicios contratados entre EL CLIENTE y los prestadores directos de los
servicios, como son transportistas aéreos y terrestres, navieras, cruceros, hoteles,
arrendadoras de autos, etc. Incluso de cualquier modificación realizada, en especial a los
espacios aéreos reservados originalmente, que el cliente pudiera solicitar directa o
indirectamente con las compañías aéreas.

QUINCUAGÉSIMA. - Para el caso de que EL CLIENTE contrate los servicios de Tourism Travel
MEG by Rosportravel, Agencia de Viajes. por cuenta de diverso Agente de Viajes y/o Agencia
de Viajes Minorista -o mayorista-, fungiendo éste último como intermediario, ya sea en el
interior de la República Mexicana, en el área Metropolitana de la Ciudad de México o en el
extranjero, el Agente de Viajes y la Agencia de Viajes se adhieren al presente contrato en
todas y cada una de sus cláusulas por lo que de manera automática se obliga de hacer saber
y comunicar por escrito a sus clientes, pasajeros o usuarios-turistas acerca de las
condiciones de contratación y de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente
Contrato de Adhesión. Del mismo modo, los intermediarios deben hacerle saber a sus
clientes, pasajeros o usuarios-turistas que ellos se adhieren y sujetan invariablemente a este
mismo contrato de adhesión y a las políticas de reservación y cancelación de los prestadores
finales de los servicios.

QUINCUAGÉSIMA PRIMERA. - Para el caso de que EL CLIENTE contrate los servicios de
Tourism Travel MEG by Rosportravel Agencia de Viajes. por cuenta de diversa Agencia
Minorista y/o Mayorista de Viajes o Agente de Ventas, fungiendo cualquiera de éstos como
intermediarios, ya sea en el interior de la República Mexicana, en el área Metropolitana de
la Ciudad de México y/o en el extranjero, Turism Travel MEG by Rospoltravel, Agencia de
Viajes. se deslinda de cualquier responsabilidad o problema generado por el
incumplimiento de la intermediaria o Agencia Minorista y/o Mayorista de Viajes así como
por el Agente de Ventas, y en el mismo sentido por datos mal proporcionados por la
intermediaria o Agencia Minorista y/o Mayorista de Viajes así como por el Agente de Ventas
para la reservación de servicios terrestres, aéreos, marítimos, de navieras y cruceros, o bien,
por la negligencia en que pudiera incurrir la Agencia Minorista y/o Mayorista de Viajes así
como por el Agente de Ventas al omitir información al cliente, pasajero o usuario-turista
sobre los procedimientos de contratación, políticas, condiciones, pago y cancelación de los
servicios que se adquieren.

QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA.- Los documentos que soportan los servicios integrados en el
paquete de viaje, podrán ser entregados a EL CLIENTE de manera electrónica o bien de
manera impresa de acuerdo a las condiciones de tiempo y lugar en que se haya desarrollado
la adquisición por parte de EL CLIENTE del paquete de viaje.

QUINCUAGÉSIMA TERCERA.- La entrega de documentos (tickets, boletos, cupones, billetes,
etc.) se efectuará, previa liquidación total de los servicios, dentro de las 48 horas previas a
la salida del pasajero, usuario-turista o EL CLIENTE, en el domicilio de LA AGENCIA , o en su
caso en el idéntico domicilio cuando la solicitud de reservación y pago total de los servicios
coincidan con la fecha de salida.

QUINCUAGÉSIMA CUARTA.- Las partes contratantes manifiestan que conocen los alcances
del presente contrato de adhesión cuyas cláusulas son la expresión fiel de su voluntad y se
someten para el caso de incumplimiento o interpretación a la competencia de la
PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR en la vía administrativa, como instancia
conciliatoria, para resolver las diferencias que pudieran suscitarse y en caso de subsistir las
mismas, se someterán a la competencia de las Leyes y Tribunales de la Ciudad de Orizaba,
Veracruz, independientemente del fuero que por razón de sus domicilios presentes o
futuros pudiera corresponderles.

FUNDAMENTO JURÍDICO

El presente Contrato de Adhesión se elabora con fundamento en los Artículos 15, 85, 86, 86
BIS, 86 TER, 86 QUATER,87, 87 BIS, 87 TER, 88, 89, 90, 90 BIS de la Ley Federal de Protección
al Consumidor; Artículo 8o de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos; Apartados
3.6.2.1, 5.1.3, 6.2.4, y demás elementos normativos incluidos en la NORMA Oficial Mexicana
NOM-010-TUR-2001 De los requisitos que deben contener los contratos que celebran los
prestadores de servicios turísticos con los usuarios-Turistas.